¿Qué viene tras la ratificación del Código de las Familias?
Por Jessica Castro Burunate (El Toque)
HAVANA TIMES – Cuba cuenta con un nuevo Código de las Familias luego de su aprobación con la cifra preliminar de 66.87 % de los votos válidos, y tras intensas campañas que mostraron una ciudadanía mucho más activa en materia política, pero también marcada por la polarización.
El número de abstenciones es quizá uno de los elementos más significativos. Con el 74 % del padrón electoral acudiendo a las urnas, la participación ha sido 16 puntos porcentuales menor que en el referendo constitucional de 2019. Parte de las cifras responde a las convocatorias de no legitimar lo que fue asumido como un plebiscito político del Gobierno cubano.
Fue valioso el ejercicio del derecho a veeduría por una parte de la ciudadanía, amparada en el artículo 5 de la Ley Electoral. Desde la plataforma se registró el reporte de al menos 37 personas e iniciativas independientes como el grupo Observación de Derechos Electorales que acudieron a diferentes colegios para verificar el conteo una vez cerradas las urnas.
El nuevo Código, publicado en la Gaceta Oficial 87 del 17 de agosto, se identifica como la Ley 156/2022 “Código de las Familias” y entra en vigor tras ser ratificado en el referendo popular. A partir de entonces, se deroga la ley 1289 del 14 de febrero de 1975, “Código de Familia”.
La nueva ley ha sido valorada desde el punto de vista jurídico por especialistas como superior, novedosa y técnicamente compleja en comparación con otras normas en el país. Esto supone diversos retos legislativos e institucionales para su implementación.
REFORMAS LEGISLATIVAS NECESARIAS
Al ser una legislación que reconoce nuevos derechos y crea nuevos tipos de relaciones jurídicas, deberán ser modificadas, incluso aprobadas, otras normas que permitan su aplicación.
Los juristas Julio Antonio Fernández y Johanna Cilano señalan que la ley aprobada modifica de manera sustancial el Código Civil vigente, como se puede constatar en varias de las disposiciones finales. Por lo que se espera la reforma de este cuerpo jurídico.
La legislación de familia en sus disposiciones finales adelanta el cronograma de nuevas normas e instrumentos que de forma casi inmediata deberán emitirse.
Entre las novedades que recoge el Código de las Familias está la institución de una defensoría familiar, una estructura sin precedente en la historia jurídica de los últimos sesenta años. El Ministerio de Justicia, en el plazo de 30 días, debe dictar las normas sobre su funcionamiento.
De igual forma, el Ministerio de Salud Pública, en el mismo plazo, debe emitir las regulaciones pertinentes sobre la reproducción asistida a la que ahora tendrán acceso un mayor número de personas. Asimismo, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, sin especificar en qué tiempo, dictará las normas jurídicas sobre protección a la maternidad y paternidad para las madres y los padres comitentes y para la gestante solidaria; así como para la protección de los derechos de las personas cuidadoras familiares.
Conciliar el marco jurídico cubano con el espíritu del Código puede implicar la promulgación de nuevas leyes, incluso si no están relacionadas en sus disposiciones finales. Para Cilano, entre ellas pudiera estar la ley de identidad de género, que desde hace varias décadas demanda el activismo LGBTIQ+ para la protección y el reconocimiento de derechos de las personas trans.
Además, la jurista prevé y considera necesario la adecuación o creación de reglamentos para varios asuntos que cambian con la nueva legislación. Por ejemplo, lo referente al cuidado y cómo compatibilizarlo con el sistema de menores y su regulación actual.
No obstante, Eloy Viera advierte que “la ley no es límite ni garantía, menos en un contexto autoritario como el cubano”. Por lo que es imprescindible seguir de cerca las formas en que se implementará la ley y su interpretación en otras normas.
¿EL SISTEMA JURÍDICO ESTÁ PREPARADO?
La novedad del Código puede chocar con la precarización institucional del sistema jurídico cubano, que ahora deberá asumir nuevas funciones y procesos.
Para Fernández Estrada se trata de un Código técnicamente complejo que resuelve cuestiones para las que los operadores del derecho en Cuba no están preparados.
Entre los retos, el jurista identifica los impuestos al sistema notarial, considerando el alto número de relaciones jurídicas que se resuelven como pactos entre particulares. Ejemplo de este tipo de contratos son los pactos de parentalidad, sobre la guarda y cuidado compartido de hijos e hijas, y los pactos matrimoniales.
“Las notarías tienen un reto enorme. Es necesaria una nueva ley de notarías porque quien conoce el tráfico jurídico civil, sobre todo patrimonial, sabe que no dan abasto. El Código necesitaría una notaría especializada en temas familiares”.
Por otra parte, señala Fernández Estrada, la nueva ley hace crecer la jurisdicción voluntaria, como es el caso de la autorización judicial requerida para la gestación solidaria o como vía para la delegación voluntaria del ejercicio de la responsabilidad parental, y eso es un reto para los Tribunales. Por tanto, también modifica de manera adyacente el sistema de tribunales, ahora con más protagonismo, y su organización interna.
También sucede con la Fiscalía por su presencia en procesos en los que tiene que representar y proteger a menores de edad y otras personas vulnerables en situaciones que antes la ley en Cuba no atendía.
“Este es un momento muy malo para Tribunales y Fiscalía. Tienen problemas de legitimidad y con la cantidad de personas disponibles para ser jueces y fiscales en un contexto sociopolítico tan complicado”, comenta Fernández Estrada.
“HAY QUE EMPEZAR A ENSEÑAR OTRO DERECHO”
La formación de los operadores del derecho para asumir una legislación complicada y novedosa como el Código es una preocupación compartida por los juristas consultados.
“El Código convierte la rama del derecho de familia en algo más complejo y rico de lo que ha sido hasta ahora. Hay que empezar a enseñar otro derecho”, asegura Fernández Estrada.
Entre las novedades más aplaudidas de la nueva ley está la inclusión de la violencia de género con una definición que abarca casi todas sus manifestaciones, como un elemento a considerar en la resolución de diferentes procesos. Sin embargo, es una denuncia reiterada del activismo feminista la revictimización que sufren las mujeres en situación de violencia ante la falta de preparación de jueces, fiscales e, incluso, abogados.
“El tema de formación es importantísimo. El sector se nutre de egresados que salen de la facultad al sistema de Tribunales y hoy este sistema, si miramos los últimos informes, está marcado por la salida de profesionales. Por tanto, la falta de personal es también importantísima”, comenta Viera.