Nicaragua gana en La Haya: Colombia no debe intervenir en sus aguas

Armada Nacional de Colombia interceptó un buque pesquero nicaragüense en las aguas en disputas. Archivo/ Confidencial

Para el abogado Internacional Paul Reichler, exasesor de Nicaragua, es “otro triunfo histórico” y dice a Colombia que “no engaña a nadie”

Por Confidencial

HAVANA TIMES – La Corte Internacional de Justicia (CIJ), el principal órgano judicial de Naciones Unidas, consideró este jueves 21 de abril válidas las denuncias de Nicaragua sobre la violación por parte de Colombia de su “soberanía y jurisdicción” con su permiso de pesca a buques colombianos y su “interferencia” con las tareas nicaragüenses de investigación científica marina en aguas de Managua.

El fallo, leído desde la sede del tribunal en La Haya, fue considerado por el abogado internacional Paul Reichler, exasesor de legal de Nicaragua ante la CIJ, como “otro triunfo histórico de Nicaragua ante la Corte”.

“La Corte confirmó la validez de su sentencia de noviembre de 2012 en favor de Nicaragua, y la fortaleció. Segundo, la Corte declaró que las pretensiones de Colombia, de ejercer su soberanía y jurisdicción en la Zona Exclusiva Económica (ZEE) de Nicaragua según la sentencia de 2012, violaron los derechos de Nicaragua, y las obligaciones legales de Colombia bajo la sentencia de 2012 y el derecho internacional”, explicó Reichler en un correo electrónico a CONFIDENCIAL.

“Tercero —continúo—, declaró que la llamada ‘Zona Contigua Integrada’ declarada por Colombia viola el derecho internacional y es una nulidad. Cuarto, rechazó el reclamo de Colombia que sus nacionales, habitantes de la isla de San Andrés, tienen derechos de pesca en la aguas de Nicaragua. No los tienen”.

Reichler sirvió a Nicaragua en la CIJ  durante más de veinte años hasta su  renuncia el 27 de marzo pasado, en la que dijo que su “conciencia moral” le exigía cortar lazos, mientras cuestionó a Daniel Ortega de destruir la democracia en construcción del país y establecer una nueva dictadura.

Uno de dos reclamos

La sentencia de este jueves 21 de abril corresponde a uno de dos reclamos realizados por Nicaragua en 2013 que considera que el país suramericano violó sus derechos y espacios marítimos, establecidos por la misma CIJ en una sentencia de 2012 que Colombia se rehúsa a acatar.

En su fallo definitivo y vinculante, —de nueve de 15 jueces—, el tribunal de la ONU se pronunció sobre lo que ha considerado una violación de “los derechos de soberanía y la jurisdicción” de Nicaragua en su propia Zona Económica Exclusiva, y ha exigido a Colombia “cesar inmediatamente su conducta” en esa zona.

Vista del tribunal de la Corte Internacional de Justicia (CIJ), en La Haya. Foto: Tomada de Twitter

La CIJ vio esa violación en la autorización por parte de Bogotá de actividades de pesca de buques colombianos en aguas nicaragüenses, y en su “interferencia con las actividades de investigación científica marina y pesquera de las embarcaciones con bandera o licencia nicaragüense y con las operaciones de las embarcaciones navales” en aguas de Managua.

Además, consideró que el decreto presidencial colombiano de 2013 que estableció una “zona contigua integral” desde el continente hasta el archipiélago, en el que se omite la delimitación fijada por la CIJ en un fallo anterior de 2012 (reafirmado hoy por el tribunal), “no se ajusta al derecho internacional consuetudinario”.

“Pequeño regaño”

En una valoración por parte de Bogotá, Carlos Gustavo Arrieta, agente colombiano ante la CIJ, interpretó que el fallo contiene “un pequeño regaño por algunas operaciones de la Armada (colombiana) en alguna zona”, pero que el tribunal “consideró que no eran infracciones mayores de derecho internacional y no les atribuyó consecuencia” para Bogotá.

“Hemos logrado lo esencial para Colombia, que era mantener la libertad de navegación en la zona y la presencia de la armada, mantener la integralidad del archipiélago, y reconocer a la comunidad raizal para que pudiera pescar en la zona. Salimos muy contentos”, aseguró.

Sin embargo, Reichler sostuvo que las declaraciones de Bogotá corresponden a un “esfuerzo político para pintar una derrota absoluta como victoria. No van a engañar a nadie”.

Otro experto en derecho internacional nicaragüense, consultado por CONFIDENCIAL bajo condición de anonimato, explicó que, de ocho puntos resolutivos, la CIJ falló seis a favor de Nicaragua, uno fue en contra y en el último se rechazó cualquier otra demanda aplicable de ambas partes.

“La alegación de Colombia de que el fallo solamente es aplicable a través de la firma de un tratado quedó implícitamente invalidada, desde el momento en que manda a que los decretos presidenciales 1946 del 9 de septiembre de 2013 y 1119 de 17 de junio de 2014, sean puestos de conformidad al derecho consuetudinario internacional y su sentencia de 2012. Esos decretos declararon la `zona integral contigua` y Colombia deberá decidir por qué medio deben adecuarse a lo dictado por la CIJ”, añadió el especialista.

La Corte pidió a Bogotá y Managua buscar acuerdos bilaterales sobre la situación de la comunidad raizal, para que esta pueda acceder y explotar sus bancos de pesca tradicionales en aguas nicaragüenses, algo que Arrieta consideró “decisiones políticas” y “de los Gobiernos”, y prometió que Bogotá analizará la sentencia y “procederá de acuerdo con eso”.

Reichler explicó, en ese sentido, que “la mejor resolución para ambos Estados sería un acuerdo bilateral sobre la frontera marítima entre los dos países, que adoptara la frontera fijada por la Corte en su sentencia de noviembre de 2012, y que garantizara para los habitantes colombianos de San Andrés los derechos de pesca artesanal, y que les obligara a ambos Estados preservar y proteger el medio ambiente del mar y del plataforma (fondo del mar)”.

Interpretación colombiana

Sin embargo, sobre el punto en el que la Corte exige a Colombia “cesar inmediatamente su conducta”, Arrieta lo interpreta de otra manera. “No nos ordena cesar nuestra presencia en aguas nicaragüenses, eso no es verdad, lo que dijeron es que no podíamos hacer operaciones de control del medio ambiente porque eran atribuciones de Nicaragua, pero nunca nos ordenaron que no hagamos presencia ni que salgamos de la zona, jamás, en ninguna parte”.

El fallo, añadió el agente colombiano, mantiene “las posibilidades de que la Armada de Colombia esté allí y haga operaciones de lucha contra el crimen organizado en la zona”.

Este fallo tiene sus orígenes en una sentencia del CIJ emitida en 2012, por la que Colombia mantuvo la soberanía sobre el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, del cual también hacen parte los cayos de Roncador, Serrana, Serranilla, Bajonuevo, Alburquerque, Cayo Este-Sudeste y Quitasueño.

Igualmente conservó doce millas náuticas del agua que rodea estos territorios, pero perdió con Nicaragua casi 75 000 kilómetros cuadrados de mar de zona económica.

Nicaragua denunció entonces ante la CIJ que Colombia había violado el derecho internacional por no aplicar esa sentencia porque su Armada hace operaciones en aguas caribeñas que no le corresponden y Bogotá expidió el decreto que estableció una “zona contigua integral”.

En respuesta, Colombia contrademandó a Nicaragua ante la CIJ alegando que ese país “ha violado los derechos de pesca artesanal de los habitantes del archipiélago, en particular de la comunidad raizal”, pues sus bancos de pesca tradicionales quedaron fuera de las 12 millas náuticas estipuladas en el fallo anterior.

Además, también argumentó que Nicaragua expidió ese decreto presidencial que consideró “contrario al derecho internacional” y que está relacionado con los puntos y líneas a partir de los cuales mide sus espacios marítimos en el Caribe, buscando “adjudicarse de forma unilateral áreas marinas en detrimento de Colombia”.

Por su parte, el experto internacional nicaragüense advirtió que este decreto de Nicaragua “deberá ajustarse  a lo que dispone el derecho internacional consuetudinario”.

Pendientes de otra demanda

En un artículo publicado el 20 de abril pasado en la sección de opinión de CONFIDENCIAL, el experto en derecho internacional costarricense, Nicolas Boeglin, esperaba un fallo que permitiese a ambos Estados declararse vencedor para dar espacio a una disensión.

Boeglin destacó al analizar el caso la capacidad argumentativa del equipo de Nicaragua, integrado por 11 miembros en comparación con 33 de Colombia. “El impresionante número de la delegación colombiana pareciera más responder a una operación de comunicación que a integrantes cuyos aportes sean realmente significativos e imprescindibles para consolidar las pretensiones de Colombia en el Mar Caribe”, alegó.

Según Boeglin, aún está pendiente otra demanda, también en el ámbito de delimitación jurídica, también con relación al Mar Caribe, donde se explora “la delimitación de la plataforma continental más allá de las 200 millas náuticas de la costa de Nicaragua”.

Reichler dijo en este caso que está pendiente  la última etapa de las audiencias orales y hasta ahora la Corte no ha fijado fecha.

Régimen celebra fallo de La Haya

El régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo celebró, por su parte, que la Corte Internacional de Justicia (CIJ) le haya dado la razón al país en su litigio con Colombia, lo que le permitirá extender permisos de pesca “y cualquier permiso de exploración y explotación de los recursos en sus áreas”.

“Hoy la Corte ha dictado sentencia firme, definitiva y de obligatorio cumplimiento en la que da la razón a Nicaragua al confirmar que Colombia implementó una política de Estado que ha violado la jurisdicción y los derechos soberanos de Nicaragua”, señaló en una nota de prensa.

La decisión de la CIJ, según la comunicación oficial nicaragüense, demuestra que el país centroamericano no ha violado derecho alguno de pesca de la población raizal del Archipiélago de San Andrés y Providencia y también el fallo dejó claro que Nicaragua es un Estado soberano para extender permisos de pesca y cualquier permiso de exploración y explotación de recursos en esas áreas.

Para Managua, quedó “confirmado que la Reserva de Biósfera del Caribe Nicaragüense, creada en el 2021, se encuentra dentro de las áreas jurisdiccionales de Nicaragua en conformidad con las normas internacionales”.

El régimen adelantó que que tomarán los pasos necesarios para ajustar su legislación con respecto a sus líneas de base recta en el mar Caribe “para que las mismas puedan cumplir a cabalidad con las recomendaciones del alto tribunal”.

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