No violar los Derechos de quienes trabajan

Rogelio Manuel Díaz Moreno

Médico leyendo el periódico Granma. Foto: juan Suárez

HAVANA TIMES — Los problemas se resuelven eficazmente, solo si se va a la causa de los mismos. Aplicar medidas voluntaristas, coartar a las personas para que se plieguen a una voluntad superior y ese tipo de gestiones solo empeora el asunto. En medios como el nuestro, sin embargo, las autoridades acuden mucho a ese recurso, tal vez porque no saben o no pueden hacer otra cosa. Así no resuelven los problemas y caen hasta en violaciones legales.

El Ministerio de Salud Pública de Cuba atraviesa una difícil situación. Como no sería justo hablar fuera de contexto, valgan unas aclaraciones. Tenemos una sociedad económicamente atrasada, tercermundista y pobre, acosada por un bloqueo externo del imperialismo y otro interno del poder burocrático [1]. Sin embargo, los niveles de desarrollo social alcanzados están por encima de lo que se corresponden con esa realidad. La prueba, en el tema de la salud, son la baja mortalidad infantil, la alta esperanza de vida, la cobertura universal de vacunación y otros aspectos vitales. Estas conquistas se contraponen al lúgubre aspecto de muchas instituciones de salud y el descontento de trabajadores y pacientes por las condiciones de trabajo.

Específicamente, el éxodo de los profesionales de la salud es un aspecto que golpea severamente. Cierto rumor que obviamente no puedo confirmar, afirma que en los últimos tiempos la tasa de abandonos del país es de unos ocho especialistas diarios. Se acumularían así casi 3000 al final del año, generalmente profesionales experimentados, irreemplazables a corto plazo por más graduaciones masivas que efectúen las Facultades de Medicina. Al emigrar, estos especialistas ejercen un derecho humano básico, el de procurarse un sustento decoroso con su trabajo, lo que lamentablemente no pueden concretar en su país.

Recientemente bajó una de esas medidas desesperadas de los altos niveles, para intentar resolver el problema sin ir a las causas. Se intenta imponer, en algunas instituciones de salud, una modificación ilegítima al contrato de trabajo, en violación de la legislación cubana. El firmante quedaría comprometido a trabajar en el centro al menos durante 3 años, en caso de recibir algún entrenamiento en los equipos considerados de alta tecnología. La hojita que quiere que se firme dice, literalmente, “El trabajador se compromete a laborar en la entidad por un período no menor de tres (3) años, cuando reciba entrenamiento en el manejo de alta tecnología”

El documento modificativo del contrato laboral está redactado de esa manera vaga, que no aclara ni siquiera en qué consiste ese entrenamiento. Tampoco se expone el mecanismo por el que la persona firmante sería sancionada si incumpliera esos términos, ya sea porque se va del país, o a su casa por una necesidad personal o familiar. No queda claro que se respete su derecho a viajar al extranjero por medios personales en su período legítimo de vacaciones. O qué va a pasar si es una trabajadora que quede embarazada y requiera su licencia de maternidad.

Antes de la frase de la discordia, se hace referencia a algunas cláusulas que contiene el Código de Trabajo actualmente vigente en Cuba, referente a las condiciones que permiten la modificación de un contrato de trabajo previamente firmado. Las autoridades pretenden que la frasecita referida constituya la modificación al contrato actual de quienes allí trabajen. Pareciera que los preliminares son para convencer de que la administración tiene la potestad legal de realizar la modificación planeada y que uno no se puede negar.

Doctora Cubana. Foto: Juan Suárez

El problema es que un contrato se puede modificar, pero sin violar la legalidad vigente. Por ejemplo, no se puede ahora asentar un “derecho” de la administración a darle latigazos a los que lleguen tarde. Fíjense, además, en que esta medida no ha pasado por ninguna negociación entre empleadores y el Sindicato, al que se supone que hay que escuchar en este tipo de procesos.

Dejando de lado a la CTC por su exquisita irrelevancia, veamos qué dice la legalidad socialista cubana. El asunto de la terminación de contratos de trabajo está legislado clarito en el mismo Código de Trabajo, Ley 116, aprobada por la Asamblea Nacional y publicada en la Gaceta Oficial extraordinaria del martes 17 de junio de 2014.

El Artículo 45 de la ley enumera las posibles causas para finalizar un contrato. Si es por parte del Estado- empleador, deben cumplirse determinados requisitos, presentes en otras partes del texto. Si es por voluntad de la persona empleada, entonces se aplica el Artículo 46, que obliga a esta a avisar en un término previo de entre uno y cuatro meses. Esa es la Ley.

Puede ser posible que quien trabaja acepte voluntariamente, por conveniencia personal, conceder a quien emplea una potestad más restrictiva que la explicitada en la Ley. También es razonable que una autoridad desee asegurar una inversión que realiza, digamos, al capacitar a una persona en el extranjero. Pero sí está claro que esto no puede ser impuesto a la fuerza. Quien lo intente, se hace reo de una violación y puede ser llevado a los tribunales.

En cuatro meses hay tiempo de sobra para que, quien reciba el entrenamiento típico de una o dos semanas, trasmita sus conocimientos a quien lo sustituya. Así ha funcionado todos estos años. Los cuatro pesos que se reciben en un viajecito de estos no compensan la entrega de un derecho. El trabajador que pasa el entrenamiento, continúa luego en el mismo puesto, con el mismo horario, y gana el mismo salario. La administración gana mucho más, por la posibilidad de implementar de nuevas tecnologías, tratamientos, etcétera.

Es probable que las administraciones de varios centros hospitalarios presionen ahora a su fuerza laboral para firmar esta hoja. Con cada gesto en este sentido, será más profundo el delito que cometan y peor la pena a la que la deban condenar los tribunales laborales correspondientes, o tal vez la misma Fiscalía de la nación, que ha defendido muchas veces los derechos de las personas atropelladas por instituciones prepotentes.

La administración puede presentarlo de otra manera igualmente mezquina, sin necesidad de amenazas políticamente incorrectas. Algunas personas firmarían lo que sea, con tal de asegurar su viaje o por miedo de que se lo den a otro que haya firmado. Infamias más extremas se han cometido, y se cometerán en el futuro, aquí y en otras partes. Si quienes trabajan tienen claros sus derechos y están dispuestos a defenderlos, sin embargo, esta violación no podrá cometerse.

Los y las especialistas del hospital donde conocí esta medida, hasta ahora, se han negado mayoritariamente a firmar, hasta no contar con garantías claras de respeto a sus derechos. Veremos en qué para la cosa.

[1] El pasado 17 de diciembre comenzó un proceso que parece conducir, paulatinamente, a la eliminación de las restricciones por el bloqueo externo.

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