Las organizaciones afectadas son: Oxfam Intermon, Oxfam IBIS, NDI, IRI, Diakonia y Helping Hands The Warren William Pagel, M.D. Foundation
HAVANA TIMES – El régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo, a través del Ministerio de Gobernación, ordenó la cancelación del registro de seis oenegés originarias de Estados Unidos y Europa, alegando que en su actuar obstaculizaron “el control y vigilancia”, al no reportar sus estados financieros e incumplir otros requisitos legales para la recepción de donaciones.
Los organismos cancelados son: el National Democratic Institute for International Affairs (NDI), Estados Unidos; International Republican Institute (IRI), Estados Unidos; Fundación OXFAM Intermón, España; OXFAM IBIS, Dinamarca; DIAKONIA, Suecia; y Helping Hands The Warren William Pagel, M.D. Foundation, Estados Unidos.
A las seis organizaciones, el Departamento de Registro y Control de Asociaciones resolvió cancelar su registro y número perpetuo asignado, según una resolución publicada este lunes en La Gaceta Diario Oficial.
“El actuar de las seis oenegés obstaculizó el control y vigilancia del Departamento de Registro y Control de Asociaciones del Migob, al no poder identificar el ente regulador a los representantes legales, directivos, domicilio y administración de fondos del organismo, desconociéndose la ejecución de los mismos y si son acordes a sus objetivos y fines por los cuales se les autorizó el Registro en Nicaragua”, menciona el documento.
La resolución detalla que las organizaciones incumplieron seis de “sus obligaciones conforme las leyes que regulan a los organismos sin Fines de lucro en territorio nicaragüense” como:
Además, el Migob le da un plazo de 72 horas a los seis organismos para que entreguen sus libros contables (diario y mayor), libros de actas y libro de registros de miembros autorizados.
Sobre la liquidación de bienes y activos de las ONG, la resolución indica que se realizará “conforme el destino previsto en el acto constitutivo o en sus estatutos de cada organismo”.
Si nada “se hubiese dispuesto sobre ello” aplicarán lo establecido en el artículo 25 de la Ley 147 que indica que los bienes pasarían a nombre del Estado.
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