La Ley 113 establece la aplicación gradual y flexible de los tributos, a partir de la aprobación anual por el Parlamento del Presupuesto del Estado, por lo que nueve impuestos no serán efectivos en los próximos doce meses:
Sin embargo, sí serán aplicados a partir de enero los siguientes impuestos:
1) sobre Ingresos personales.
2) sobre Utilidades.
3) sobre las Ventas.
4) sobre los Servicios.
5) sobre el Transporte Terrestre.
6) sobre la Propiedad – Posesión de Embarcaciones.
7) sobre transmisión de Bienes y Herencias.
8) sobre Documentos.
9) por la utilización de la Fuerza de Trabajo
10) por la utilización y explotación de los recursos forestales y la fauna silvestre.
11) por el Uso y Explotación de Bahía.
12) Aduanero.
Otras contribuciones y tasas que también entrarán en vigor son:
13) Contribución Territorial para el Desarrollo local.
14) Contribución a la Seguridad Social.
15) Contribución Especial a la seguridad Social.
16) Tasa por Peaje.
17) Tasa por Servicio de Aeropuertos.
18) Tasa por la Radicación de Anuncios y Propaganda Comercial.
De acuerdo con la nota de Cubadebate, los tributos aportados por las personas naturales y jurídicas deberán representar el próximo año el 62% de los ingresos brutos al presupuesto.
Presentamos las noticias internacionales en breve recopilada por Democracy Now el viernes 3 de mayo de 2024.
Nuestra banda destacada de hoy es Monsieur Periné de Colombia con la canción “Mi Libertad”…
En la Cuba de los 70 no había videocaseteras, computadoras, ni grabadoras... Cada momento era…
Con el motivo de mejorar el uso y la navegación, Havana Times utiliza cookies.