¿Somos civiles aquí? ¿queremos serlo?

Erasmo Calzadilla

Foto: Caridad

Ya he contado otras veces mis dudas acerca de la legitimidad del proceso que llevó al pueblo de Cuba a refrendar en 1976 la constitución actual.

¿A qué nivel de inocencia, locura, estupidez o miedo debe “elevarse” una nación para aprobar que un partido no elegido democráticamente sea el órgano rector supremo de la sociedad, como obliga el tristemente célebre artículo 5*1?

Sin embargo es preciso decir que a pesar de esta cañona suprema nuestros constituyentes concedieron un respiro al crear tres instrumentos legales que validan e invitan a la participación directa de los ciudadanos en los asuntos más importantes. A 35 años de haberse aprobado la constitución dos de estos instrumentos nunca han sido aplicados, y el tercero presenta serios problemas.

De esto último me enteré leyendo la conferencia que impartió el conocido ensayista Julio César Guanche a principios de julio en el Centro cultural Féliz Varela, auspiciada por la revista Espacio Laical.

Los dos instrumentos legales para el ejercicio de la democracia directa que nunca se han puestos en vigor son, según el expositor:

– La Ley que concede a la Asamblea Nacional el poder de convocar referendos (artículo 75 inciso u*2).

– La famosa ley 88 (inciso g), según la cuál bastan 10 000 firmas de ciudadanos cubanos para proponer nuevas leyes*3.

El tercero: las elecciones, tampoco facilita demasiado la participación directa. El autor propuso algunas razones.

– Los programas de gobierno local, provincial y nacional no resultan definidos a través del proceso electoral.

– No se contabiliza un tipo de preferencia ciudadana de voto pues se desestiman como no válidos los anulados y en blanco.

– No se estimula el voto de lxs ciudadanos que viven en el exterior con permiso de residencia legal otorgado por el Estado cubano.

 

Buena sorpresa me llevé al leer las intervenciones del público y ver quiénes estaban en la sala. Bajo un mismo techo estaban reunidxs activistas de las más diversas tendencias políticas (a menudo conflictuantes), gente que nunca o pocas veces ha compartido un espacio de debate.

Me refiero a lxs muchachxs del Observatorio Crítico, al organizador de Estado de Sats, y al bloguero Dimas Castellano (a otrxs participantes no lxs conozco); todos interesados en la promoción y el rescate de la participación ciudadana. El diálogo entre estas personas nunca ocurrió.

Mientras leía me surgió una preocupación pertinente: ¿Cómo propiciar en Cuba procesos de democracia directa más profundos que las consultas aplicadas por el actual presidente de la república?

De lxs participantes Dimas Castellano fue el que más se acercó a la cuestión, pero a mi parecer desde un punto de vista elitista y voluntarista que no comparto del todo: ¿Cómo hacer de los cubanos ciudadanos? (es una síntesis de su pregunta).

Habría que ver si lxs cubanxs prefieren ser ciudadanxs o seguir practicando esa manera suya de entender y vivir la política: asumiéndola unas veces como un asunto familiar y dejándola otras en manos de especialistas y “patriarcas ilustres.”

*1 Artículo 5. El Partido Comunista de Cuba, martiano y marxista- leninista, vanguardia organizada de la nación cubana, es la fuerza dirigente superior de la sociedad y del Estado, que organiza y orienta los esfuerzos comunes hacia los altos fines de la construcción del socialismo y el avance hacia la sociedad comunista.

*2 Artículo 75. Son atribuciones de la Asamblea Nacional del Poder Popular: u) disponer la convocatoria de referendos en los casos previstos en la Constitución y en otros que la propia Asamblea considere procedente.

*3 Artículo 88. La iniciativa de las leyes compete: g) a los ciudadanos. En este caso será requisito indispensable que ejerciten la iniciativa diez mil ciudadanos, por lo menos que tengan la condición de electores.

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