¿Cuál es el proceso para abortar en Cuba?

La historia de Lía en la telenovela “El rostro de los días” generó en 2020 un intenso debate sobre el derecho al aborto legal y seguro en la isla.
Foto: Tomada de Cubadebate

Por Kiana Anandra

HAVANA TIMES – Abortar en Cuba no es “tan fácil como sacarse una muela”, como planteó la periodista Camila Acosta en un artículo publicado en ABC.es el pasado 17 julio, titulado precisamente  “Abortar en Cuba es una práctica ‘tan fácil como sacarse una muela’”.

Aquí te explicamos cómo es, realmente, el proceso para abortar en Cuba:

La interrupción legal del embarazo se regula por vía del Ministerio de Salud Pública, por lo cual el procedimiento es a criterio médico y no a elección de la gestante.

Según la guía metodológica para la instrumentación de todos los tipos de terminación voluntaria del embarazo del Ministerio de Salud Pública (MINSAP), se requiere un diagnóstico de certeza de embarazo, el cual debe ser probado mediante las evidencias propias del diagnóstico clínico, inmunológico, imagenológico o cuántas formas científicas estén reconocidas en el Sistema Nacional de Salud.

Este es el primer paso para quien desee abortar y se hace solo bajo remisión del médico de familia, un especialista en ginecobstetricia u otros profesionales del Sistema Nacional de Salud en las distintas instituciones acreditadas a las que acuda la mujer embarazada.

Hasta las 12 semanas, salvo en casos de riesgo

La guía también establece que la terminación voluntaria del embarazo podrá realizarse solamente hasta las 12 semanas de gestación contadas desde el primer día de amenorrea (y no las 14 semanas de las que habla el doctor Óscar Biscet en el artículo de Acosta). Además, los únicos capacitados para informar de las consecuencias médicas, psicológicas y sociales derivadas de la prosecución o terminación del embarazo son los médicos especialistas.

Pasado ese tiempo, la terminación del embarazo podrá realizarse solo en casos excepcionales, específicamente por problemas de salud que pongan en riesgo la salud o vida de la embarazada o el feto. Tales casos requieren de la autorización de una comisión hospitalaria de terminación voluntaria del embarazo nombrada por el director de cada institución.

Regulación menstrual, inducción medicamentosa o aborto quirúrguco

Los profesionales de la salud son también quienes deciden el método: regulación menstrual, inducción medicamentosa o aborto quirúrgico.

La regulación menstrual consiste en una aspiración manual, indicada para las primeras semanas de gestación (hasta 45 días) y suele realizarse sin anestesia, por lo que es extremadamente dolorosa.

Para acceder a dicho procedimiento, se requiere: diagnóstico del tiempo de embarazo (incluye el diagnóstico positivo por tiras reactivas de alta sensibilidad) y órdenes de análisis (hematocrito, hemoglobina, serología y Rh, y prueba de VIH-sida), aunque el resultado de este último estudio no es esperado para la autorización del proceder.

A las mujeres embarazadas se les entrega un formulario su consentimiento informado que deben firmar al momento de la indicación del proceder y no al momento del procedimiento. Las pacientes tienen hasta 72 horas para confirmar su decisión desde el momento en que se les brinda la información y se realiza la intervención.

Por su parte, la inducción medicamentosa se realiza con misoprostol. Debido a la crisis económica y la dificultad que el país tiene para ingresar medicamentos, es el menos implementado pero su uso está en alza.

Este mecanismo también requiere de consentimiento informado y exámenes médicos complementarios obligatorios previos al procedimiento (hemoglobina, hematocrito, serología. exudado vagina,  HIV).

Finalmente, el aborto quirúrgico, normalmente el legrado, es indicado cuando la inducción medicamentosa falla. Sin embargo, la falta de misoprostol puede derivar en que se realice con frecuencia a partir del segundo mes de embarazo.

La escasez de recursos y la dificultad de acceso a los servicios de interrupción en zonas periféricas obliga a muchas embarazadas a tener que recurrir a transacciones monetarias informales al interior del Sistema de Salud. A las dificultades para acceder a un aborto se suman vacíos educacionales, obstrucciones por parte de grupos conservadores antiaborto, la mala praxis, la poca disponibilidad de métodos anticonceptivos y violencias de diverso tipo que pueden surgir durante el proceso de interrupción.

Frase mal atribuida

La frase “Abortar en Cuba es una práctica ‘tan fácil como sacarse una muela’” fue atribuida a Gabriela López Díaz, una estudiante de pregrado a quien ABC.es calificó como investigadora aunque los buscadores académicos no dan referencia alguna de publicaciones científicas de su autoría.

Según la periodista, la frase fue extraída de la tesis de López para optar al título de Comunicador Social Periodista en la Pontificia Universidad Javeriana, en Bogotá, Colombia. Sin embargo, en la propia tesis queda expuesto que esa frase en realidad corresponde a una entrevista, publicada en la plataforma Youtube en el 2011, a la Dra. María Concepción Morales Peralta, presidenta del movimiento Pro-vida de la Iglesia Católica cubana.

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