Trabajadores cubanos podrán demandar a empresas extranjeras

Alfredo Fernández

Trabajadores cubanos. Foto:Caridad

HAVANA TIMES — El día en que por fin se instale un Estado de Derecho en Cuba, los trabajadores cubanos tendrán la posibilidad de emprender acciones legales en pos de que las entidades extranjeras radicadas en Cuba, o que alguna vez lo estuvieron, les devuelvan lo que impunemente le robaron: El esfuerzo de su trabajo.

Para entonces; empresas, instituciones y funcionarios de alto rango, relacionados en el asunto, tendrán su merecido.

Muchas de las empresas de capital extranjero que han invertido en Cuba —por no decir todas— son signatarias de pactos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de no explotación al trabajador, o sea, de no retribuir al obrero con un salario degradante.

Recuerdo que un marinero me contó que cuando él y sus compañeros cubanos salían al extranjero a trabajar en colaboración, el resto de los marinos no les creían que ellos “trabajaban por su salario en moneda nacional —de unos 50 dólares— y un estímulo de 50 dólares mensuales”. Estímulo que solo podían cobrar si cumplían estrictamente con un vendaval de requisitos.

Me dijo también que los marineros se disgustaron muchísimo con ellos, pues la entidad internacional que representa al gremio, luego de mucho esfuerzo, había logrado fijar internacionalmente el salario mínimo de un marinero, en unos 1000 dólares mensuales.

Así, otro tanto ha sucedido en los hoteles de empresas mixtas, donde los trabajadores también devengan un mísero salario, si éste se compara con el valor de los servicios brindados en estas instalaciones.

Otro tanto, sucede en empresas de colaboración mixta como: “Aguas de La Habana”, “Puerto del Mariel”, “la empresa de turno en el níquel” y otras muchas.

Lo cierto es que estas compañías pagan por cada trabajador su costo según el tratado de la OIT, pero sucede que todas, sin excepción, saben bien que este dinero se va a manos del Estado. De manera que esto no las exonera de su responsabilidad ante los trabajadores cubanos, al contrario, las vuelve cómplices.

Empresas que por demás, llegado el momento, serán demandadas por los trabajadores. Por vil violación de los acuerdos que un día suscribieron ante la OIT, resarciéndoles así, retroactivamente, a los obreros cubanos, el dinero robado.
Especialmente estas corporaciones son violadoras del primer punto de la  Declaración de la OIT relativa a “Los principios y derechos fundamentales en el trabajo y su seguimiento”, el cual reza sobre:

— La libertad de asociación y la libertad sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva.

Las empresas mixtas al aceptar las condiciones establecidas para conceder empleos en Cuba, automáticamente se vuelven violadoras de los acuerdos internacionales de la “Declaración de Filadelfia”, promulgada en 1944.

Por esto los obreros, que trabajaron en algún momento con estas corporaciones, tendrán ese argumento legal e inapelable que les permita emprender querellas contra estas corporaciones ladronas de su sudor, que aprovechándose del “sindicato amarillo” que hoy “representa” a los trabajadores cubanos, realizaron el timo.

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