Ortega intenta “segregar” a los nicaragüenses como “agentes extranjeros”

Rosario Murillo y Daniel Ortega

Iniciativa de ley no es solo el registro, sino un intento de estigmatizar a la sociedad civil, vigilar y criminalizar a ciudadanos, y anular derechos

Por Arlen Cerda (Confidencial)

HAVANA TIMES – La iniciativa de “Ley de Regulación de Agentes Extranjeros”, presentada este 22 de septiembre por diputados del gobernante Frente Sandinista ante la Asamblea Nacional, pretende “segregar” a los nicaragüenses al crear tácitamente dos categorías de ciudadanos: los “verdaderos” y los “agentes extranjeros”, a quienes le suspende sus derechos políticos y autoriza la confiscaciones de sus bienes y derechos patrimoniales, según los enunciados de la propuesta de ley, analizados por juristas nicaragüenses.

En su exposición de motivos, la iniciativa cita la defensa de la “soberanía” y “seguridad del Estado” como argumentos para “establecer el marco jurídico de regulación a las personas naturales o jurídicas que respondan a intereses y financiamiento extranjero, y utilicen dicho financiamiento para realizar actividades que deriven en injerencia de gobiernos u organizaciones extranjeras en los asuntos internos de Nicaragua”.

Sin embargo, detrás de la ley hay un objetivo de crear miedo y control sobre ciudadanos observados y criminalizados, al pretender “que se registren como agentes extranjeros como si no fueran nicaragüenses”, advierte un abogado nicaragüense.

El jurista, que solicita omitir su nombre, alerta que el término “agentes extranjeros” se utiliza para estigmatizar, “porque se intenta hacer pensar que un nacional defiende intereses extranjeros en Nicaragua” y segregar a la sociedad entre “nicaragüenses de verdad”, según la definición de Daniel Ortega y Rosario Murillo, y la mayoría azul y blanco que “no merecen llamarse nicaragüense”, porque le adversan. “Es constituir un gueto legal dentro del país”, sentencia.

“Inconstitucional” y “aberrante

La abogada Martha Patricia Molina, del Observatorio Pro Transparencia y Anticorrupción, considera que la iniciativa de ley es “inconstitucional”, porque vulnera por lo menos nueve artículos de la Constitución Política de Nicaragua, entre ellos el 5, 6, 44, 48, 50, 51, 52, 55.

“Es una ley que está destinada a poner fin a la mal interpretada injerencia extranjera”, afirmó tajante la abogada, en un análisis difundido a través de redes sociales.

El abogado Alberto Novoa, también detalló a CONFIDENCIAL que el artículo 25 de la Constitución Política establece que toda persona tiene derecho a la libertad individual, a su seguridad y al reconocimiento de su personalidad y capacidad jurídica”.

La Plataforma Nicaragüense de Redes de ONG, integrada por más de cien organizaciones, calificó la iniciativa como “aberrante” y llamó a la ciudadanía nicaragüense y a la comunidad internacional “a exigir sea archivada por ser inconsulta, con politizada fundamentación, y por sobre todo, por pretender ser un arma más de un Estado policial contra la sociedad civil”.

“Esta iniciativa de ley no solo pretende violar nuestros derechos constitucionales como el derecho a la privacidad de nuestros datos, nuestro derecho al trabajo y la libertad de asociación, sino que el Gobierno de Nicaragua ahora prosigue con su afán de partir a Nicaragua, entre quienes simpatizan o no con el gobierno de turno, dando a estos últimos la obligación de declarar sus movimientos de fondos, actividades y vínculos laborales”.

La Plataforma considera que el Estado avasalla a los nicaragüenses “al vernos como ciudadanos y ciudadanas nicaragüenses bajo sospechas de trabajar como ‘agentes extranjeros’ con el supuesto fin de ‘poner en riesgo la seguridad’ de nuestro país”.

Nicaragua permanece bajo un estado policial de facto desde septiembre de 2018, cuando el régimen de Daniel Ortega prohibió la protesta contra el Gobierno e instaló la vigilancia policial en la capital y varias ciudades de Nicaragua. Además, se ha denunciado el espionaje político en contra de los ciudadanos.

La gravedad con esta iniciativa de ley, sostiene el jurista nicaragüense antes citado, es que de acuerdo con la propuesta, cuando un nicaragüense se registre como “agente extranjero” perderá sus derechos políticos, según lo establecido en su artículo 12. Además, arriesgaría sus derechos económicos, debido al control que se pretende imponer a través del Ministerio de Gobernación, e incluso compromete sus bienes porque la ley faculta a la confiscación de los mismos, pese a las prohibiciones constitucionales.

Prohibición inconstitucional de derechos políticos

De manera automática, según el artículo 12 de la propuesta, los agentes extranjeros registrados “deberán abstenerse, so pena de sanciones legales, de intervenir en cuestiones, actividades o temas de política interna”, que incluye la prohibición de “financiar o promover el financiamiento a cualquier tipo de organización, movimiento, partido político, coaliciones o alianzas políticas o a asociaciones” en Nicaragua.

Asimismo, les prohíbe “ser funcionarios, empleados públicos o candidatos a cargos públicos de cualquier tipo o naturaleza”, incluso hasta un año después de ser retirado del “registro de agentes extranjeros”, bajo la verificación del Ministerio de Gobernación.

Nicaragua tiene previstas elecciones nacionales el primer domingo de noviembre del próximo año, ante las que la oposición demanda reformas electorales para garantizar un proceso transparente y justo.

“Desde ya señala a la Alianza y a la Coalición a que no podrán ser funcionarios, empleados públicos, candidatos a cargos públicos de cualquier tipo o naturaleza”, valora Molina.

El artículo 51 de la Constitución Política establece que “los ciudadanos tienen derecho a elegir y ser elegidos en elecciones periódicas y optar a cargos públicos, salvo las limitaciones contempladas en esta Constitución Política”. Esas limitaciones, según la Carta Magna, incluye a militares o policías activos, nicaragüenses que hayan adquirido y no hayan renunciado a otra nacionalidad o funcionarios en cargos de elección popular que no hayan renunciado previamente a este, entre otras condiciones.

¿Quiénes serían “agentes extranjeros”?

En su artículo tres, la iniciativa de ley define como agente extranjero a cualquier persona que dentro de Nicaragua “se desempeñe o trabaje como agente, representante, empleado o servidor, o cualquier persona que trabaje o se desempeñe en cualquier actividad bajo orden, requerimiento, instrucción o bajo dirección, supervisión o control de un organismo extranjero o de una persona física o jurídica cuyas actividades sean directa o indirectamente supervisadas, dirigidas, controladas, financiadas o subsidiada en su totalidad o en parte por gobiernos, capital, empresas o fondos extranjeros, sea directamente o por medio de terceros, sean persona físicas o jurídicas”.

Por tanto, obliga a que se registren, incluyendo “consejeros, relacionistas públicos, agentes de publicidad, empleados de servicios de información o consultores políticos”. La iniciativa, a su vez, no consigna ninguna excepción a partir de los derechos y las libertades públicas constitucionales, como el derecho a la libertad de información, expresión y prensa, que permanecen bajo el asedio constante el Gobierno.

La propuesta de ley establece como excepciones a los pensionados extranjeros, quienes reciben remesas familiares, empresas productivas y comerciales extranjeras con filiales en Nicaragua, fábricas y cadenas de supermercados de inversión extranjera, y quienes tienen relaciones comerciales bajo acuerdos, tratados o convenios vigentes.

Sin embargo, la abogado Martha Patricia Molina advierte que “si el Ministerio de Gobernación las considera agente extranjero les aplicará la ley”.

También el exprocurador Alberto Novoa, sentencia que también “es un problema de invasión de privacidad, tanto de las personas, como de las empresas, o las oenegés”.

Amplios poderes al Ministerio de Gobernación

La propuesta de ley orienta al Ministerio de Gobernación a realizar y requerir el registro de “agentes extranjeros”.

El Ministerio de Gobernación ya está facultado para regular y supervisar el desempeño de los organismos no gubernamentales en Nicaragua, requiriendo informes anuales sobre el cumplimiento de sus estatutos y finanzas.

Sin embargo, Novoa alerta que la iniciativa de ley sobre “agentes extranjeros” que afectaría a cualquier nicaragüense que reciba algún fondo o apoyo externo “lo que hace es una presunción penal de que esos son fondos ilícitos, sin fines específicos, que pueden ser para beneficiar a organismos o personas para actividad ilícita”, valora Novoa, para quien la iniciativa es “un cerco más del estado policiaco que hay en Nicaragua”, dando al Ministerio de Gobernación la potestad de investigar penalmente a cualquiera” para ejercer un control sobre las personas y bienes.

El artículo seis de la iniciativa índica que los “agentes extranjeros” deberán informar previamente sobre cualquier oferta que haga su “mandante extranjero” y explicar en qué actividades se utilizarán dichos fondos y activos.

Así, considera Novoa, la ley amplía el “universo de receptores” de las regulaciones del Ministerio de Gobernación, al que le daría la “legalidad para poder intervenir en la vida privada de cada ciudadano”, dijo tras hacer hincapié en que “esa sería la legalidad, que es diferente a la legitimidad”.

Obligación de registrarse y dar reportes mensuales

La propuesta obliga a que se registren como “agentes extranjeros” ante el Ministerio de Gobernación las organizaciones, asociaciones o “personas naturales o jurídicas, nicaragüenses o de otras nacionalidades”, que dentro de Nicaragua “perciban fondos, bienes o cualquier objeto de valor provenientes directa o indirectamente de gobiernos, agencias, fundaciones, sociedades o asociaciones extranjeras del tipo o naturales que sean”.

“Todas las organizaciones, agencias e individuos que trabajen, reciban fondos o respondan a organismos que pertenezcan o sean controlados, directa o indirectamente por gobiernos o entidades extranjeras, deben registrarse como agentes externos”, indica la iniciativa.

Además, en su artículo siete obliga a presentar un “informe documentado, detallado y verificable” de esos gastos cada mes. Los “agentes extranjeros” también deberán proporcionar el “nombre del o los gobiernos extranjeros, partidos políticos extranjeros, empresas y otras personas físicas o jurídicas que financien, proporcionen fondos o de cualquier manera faciliten medios económicos y materiales o de cualquier otro tipo para que desempeñen su labor”, prohibiendo a su vez las donaciones anónimas.

El artículo trece de la propuesta faculta al Ministerio de Gobernación que actúe de oficio para requerir el registro, en cuyo caso, la persona física o jurídica requerida tiene cinco días para inscribirse “o será multada”, incluyendo, en el caso de las personas jurídicas la solicitud de cancelación de la personalidad jurídica, sin exclusión de responsabilidades penales.

La negativa de inscribirse, advierte la iniciativa de ley, autorizaría a un Departamento de Registro de Agentes Extranjeros “a intervenir los fondos y bienes muebles e inmuebles de la persona”. Esto, sostiene la abogada Molina, “significa un proceso de confiscación anunciado”.

Según la propuesta, los “agentes extranjeros” tendrán un plazo de sesenta días para inscribirse a partir de la entrada en vigencia de la ley, que fue enviada a “consulta” a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, a cargo de los diputados del FSLN Wálmaro Gutiérrez y José Santos Figueroa.

Alianza Cívica, “repudio enérgico”

El mismo 22 de septiembre, la Alianza Cívica publicó un comunicado en el que “repudia enérgicamente” la iniciativa de ley. “Vemos con gran preocupación que se siga el camino del uso indebido de las instituciones y las leyes con la intención de criminalizar a opositores basándose en fines políticos y no jurídicos, así como el control indebido sobre el sistema financiero”, alertó.

A juicio de la organización opositora, “esta iniciativa es un instrumento más de la dictadura para seguir hostigando y persiguiendo a opositores” y exhortó a denunciarla, tras recordar que la misma se suma a las alertas por el “terrorismo fiscal” en contra de los nicaragüenses.

Novoa, exprocurador general de la República, considera que ante la aprobación de la iniciativa en los términos propuestos, a los nicaragüenses solo les restarían los recursos de inconstitucionalidad. Sin embargo, recordó que este y otros recursos de apelación o amparo prácticamente están “anulados por el poder, porque no hay un solo Poder del Estado sin el control de Daniel Ortega y Rosario Murillo”.

La otra opción, indica, es elevar la denuncia, que se sumaría al acumulado del régimen sobre sus violaciones contra los derechos de los nicaragüenses.