Celebran ley de bienestar animal en Cuba

Con fotos e historias que relatan la relación que los une a los animales, protectores y ciudadanía celebraron en las redes sociales la aprobación del Decreto-ley de Bienestar Animal.  Foto: Perfil de Facebook de Cubanos en defensa de los Animales (Ceda)

La aprobación del Decreto-Ley de Bienestar Animal se informó el pasado 26 de febrero, aunque al cierre de este reporte se esperaba la publicación íntegra de su contenido.

Por IPS-Cuba

HAVANA TIMES – “Hicimos historia, es ley, lo logramos”, son algunas de las frases que acompañan los perfiles en redes sociales de activistas, sociedades protectoras y ciudadanía que celebran la aprobación del Decreto-Ley de Bienestar Animal en Cuba.

El anuncio oficial se realizó este 26 de febrero por varios medios de prensa del país, con la información brindada por el Ministerio de la Agricultura, aunque el texto de la norma no había sido publicado al cierre de este reporte.

Este documento jurídico sustenta la implementación de la Política de Bienestar Animal en Cuba, aprobada el 19 de enero de 2021, y en cuya elaboración trabajó desde 2001 un grupo multidisciplinario que reunió a organismos gubernamentales y parte de la sociedad civil, refiere la prensa local.

Que la nación caribeña contara con una legislación específica de este tipo ha sido una demanda de larga data sostenida por la comunidad de protectores independientes y sociedades presentes en varias provincias del país.

En los últimos años las acciones y propuestas para respaldar la solicitud fueron impulsadas por una mayor visibilidad y articulación del movimiento animalista, desde la apertura de la conexión por datos móviles en 2018.

La página en Facebook de los colaboradores en la provincia de Matanzas de la red por el Bienestar Animal en Cuba apuntó que aunque confían que la sociedad está lista para responder a las demandas del decreto, es necesario que esta se sensibilice y asuma actitudes que dependen más de la conciencia que de una norma.

Peregrinación masiva de la comunidad animalista en abril de 2019.

¿Qué se conoce del contenido de la ley?

La Redacción IPS Cuba resume algunas de los puntos que pueden ser de interés de la ciudadanía, acordes a la información brindada por el Ministerio de la Agricultura, disponible al cierre de este reporte.

En la norma jurídica aprobada se establecen:

  • Las obligaciones de los médicos veterinarios para ejercer la asistencia veterinaria.
  • Las obligaciones de las personas vinculadas a los animales productivos y de trabajo para evitar cualquier forma de maltrato animal y asegurar su bienestar en condiciones normales o en situaciones de desastres.
  • Las condiciones que requieren los animales de compañía cuando permanecen en espacios exteriores de la vivienda y las obligaciones de sus propietarios, poseedores o tenedores para proporcionarles su bienestar.
  • Los requisitos que deben cumplirse para el uso de animales en deportes, entretenimiento y exhibición, aprobación que será facultad de la autoridad competente de sanidad animal.

Con lo regulado también se persigue fortalecer los sistemas de vigilancia, protección y seguridad de los animales expuestos en zoológicos, acuarios y recintos de ferias. Además:

  • Se actualizan los requisitos sanitario-veterinarios para la comercialización, transportación, estabulación, sujeción y sacrificio de animales.
  • Se ratifica que la gestión de las poblaciones caninas callejeras se realiza según lo regulado por el Ministerio de Salud Pública en el Programa Nacional de Control y Prevención de Rabia.

Sobre el sacrificio animal, la información brindada por el Ministerio de la Agricultura anuncia que el mismo se realizará de forma compasiva y rápida, garantizando una correcta manipulación y la matanza de manera humanitaria. Relacionado con ello se regulan:

  • Los aspectos que deben cumplirse para el sacrificio de animales destinados al consumo humano y la matanza con fines profilácticos en caso de presentación de enfermedades graves de los animales, de rápida diseminación y en emergencias o contingencias sanitarias que así lo justifiquen.
  • Las causas que justifican el sacrificio para el control de poblaciones de animales en vida silvestre.

También se establece que las infracciones de lo regulado constituyen contravenciones.

Se resalta asimismo que es objetivo del documento legal potenciar, en los planes de estudio de la enseñanza general y en la población, temáticas relacionadas con el cuidado, protección y bienestar de los animales.

En la elaboración del decreto-ley trabajó desde 2001 un grupo multidisciplinario que reunió a organismos gubernamentales y parte de la sociedad civil.

Algunas demandas y expectativas

Entre los días 3 y 23 de noviembre de 2020, el Ministerio de la Agricultura convocó a la ciudadanía a debatir y enviar sus consideraciones sobre el decreto-ley, en ese momento pendiente de aprobación, aunque de este fue publicada solo su estructura. De acuerdo con lo informado por este organismo, se contabilizaron casi 7.000 lecturas y más de 2.000 comentarios y opiniones.

Parte de las demandas realizadas en este contexto fueron recogidas en la página Cuba protege, entre las que se incluía la creación de una unidad especial de la Policía Nacional Revolucionaria para enfrentar el zoocidio y el maltrato animal extremo, y que estos fueran concebidos como delitos dentro del código penal –pendiente de actualización–.

También se solicitaba prohibir el sacrificio como métodos de control de la población de animales callejeros y, si este fuera necesario por otros motivos, sustituir el uso de la estricnina por la sobredosis de anestésicos.

Otras de las propuestas era la creación (estatal, mixta o privada) de centros municipales de acogida y adopción que alberguen animales de forma temporal o permanente.

Una de las solicitudes más recurrentes refería prohibir el enfrentamiento legal o no entre todo tipo de animales (incluyendo perros, gallos, tomeguines, peces peleadores), así como vetar la comercialización y exportación de gallos de lidia.

El Decreto-ley de Bienestar Animal entrará en vigor a los 90 días de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

Cronología mínima de acciones

  • 1988: La directiva de la Asociación Nacional para la Protección de Animales y Plantas, única con registro legal para este fin, bajo la Ley de Asociaciones vigente, presenta a la Asamblea Nacional del Poder Popular, parlamento unicameral, su primer anteproyecto de ley.

La propuesta, junto a las firmas ciudadanas que las respaldaban, continuó perfeccionándose y se presentó en otros momentos ante el Ministerio de la Agricultura.

  • 2015: El grupo de trabajo Protección de Animales de la Ciudad (PAC) promueve la recogida de firmas de ciudadanos para elevar al parlamento unicameral cubano una propuesta de Ley para la protección animal. La acción, que en 2017 ya había alcanzado las 10.000 firmas, no prosperó.
  • Abril del 2019: Más de 400 personas marcharon por calles del Vedado habanero para condenar el maltrato animal y pedir una ley de protección, en una peregrinación a la tumba de filántropa Jeannette Ryder

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