El matrimonio igualitario en Cuba: razones de un fracaso

Por Alejandro Langape

HAVANA TIMES – No, no voy a hablar de los motivos que impidieron el triunfo mambí en la primera de nuestras guerras de independencia. Simplemente quiero apuntar algunos criterios sobre las razones que llevaron a que el candente artículo 68 del Proyecto de Reforma Constitucional, que abría la perspectiva de una inminente aprobación del matrimonio igualitario, se convirtiera en un tibio artículo 82 que define al matrimonio como una institución social y jurídica y una forma de organización de las familias.

Valga recordar que el artículo 68 fue el más debatido en las reuniones previas a la discusión del proyecto en la Asamblea Nacional. Y también es justo decir que la redacción de este resultaba un galimatías.

Por una parte, la definición del matrimonio como la unión voluntariamente concertada entre dos personas resultaba absolutamente renovadora, aparentemente reflejo de un cambio de mentalidad que equipararía a la sociedad cubana con la española o la argentina y difícil de asimilar para un buen número de cubanos que enseguida manifestaron su negativa a aprobar una Constitución que en ese aspecto se les antojaba excesivamente transgresora.

En cambio, el resto del artículo resultaba todo lo contrario, al considerar implícitamente al matrimonio como paso previo inevitable para la formación de un hogar y una familia. Una mezcla de modernidad y convencionalismo que acabó siendo dinamitada por el rechazo masivo de las iglesias (especialmente las evangélicas), cuyas puertas se llenaron de carteles que rezaban La familia como Dios la creó y mostraban la idílica imagen de mamá y papá paseando con sus niños (todo un clásico de los anuncios comerciales de las décadas del cincuenta y sesenta) y la prevalencia de conductas heteronormativas excluyentes. 

Ni el apoyo del presidente Díaz-Canel, expresado en entrevista a la multiestatal Telesur, ni el del Cenesex, dirigido por Mariela Castro Espín, pudieron contrarrestar el rechazo y, ante la amenaza de un significativo voto contrario al proyecto, se recogieron velas.

Ahora bien, amén de la ambivalente postura de la Asamblea Nacional que en un debate previo meses atrás diera por bueno el artículo, algo más quedó claro, al menos para este escribidor, y es el hecho de que la sociedad cubana no fue suficientemente preparada para aceptar esta propuesta.

En reflexiones que circularon por las redes sociales en septiembre del año pasado, el arzobispo de Camagüey defendía la opción de que, en lugar del matrimonio, se reconociese a las parejas no heterosexuales como uniones de hecho (una posición de reconocimiento de derechos menos abarcadores que el matrimonio) y ponía ejemplos de otros países en los que esto ocurre.

Hace más de quince años, en la revista Extramuros, el Premio Nacional de Literatura, Reynaldo González, contaba la anécdota de una pareja de larga data, conformada por dos gais españoles que habían adoptado un niño de origen salvadoreño, que no demostraba rasgo alguno de homosexualismo. González hablaba entonces de la unión de hecho, por entonces reconocida en España, como un sucedáneo aceptable al matrimonio.

Esa anécdota rompía dos grandes mitos, el que considera promiscuos por naturalezas a los no heterosexuales e incapaces de mantener relaciones estables en el tiempo y, muy importante, el de que los hijos de los gais acaban siendo homosexuales (un mito carente de toda lógica si se tiene en cuenta que, salvo rarísimas excepciones, las familias de cualquier lugar de este mundo educan a sus hijos para la heterosexualidad).

Cabría preguntarse entonces por qué en Cuba no se tuvo en cuenta el ejemplo aportado por González y se apostó por una política de step by step, o sea, incluir en el Proyecto de Reforma inicial la posibilidad de reconocimiento de las uniones de hecho y, en una posible reforma posterior, ir más allá y proponer el matrimonio igualitario, siempre teniendo en cuenta la necesidad de preparar a la sociedad, o sea, mostrar a las parejas no heterosexuales en la vida cotidiana y no me refiero a novelas, series, películas, sino a gente de carne y hueso, profesionales, personas respetadas en sus comunidades.

En España, mucho tuvo que ver con la aceptación del matrimonio gay el que figuras de la vida pública se mostraran viviendo en pareja con personas de su mismo sexo, tal es el caso del presentador de televisión Jesús Vázquez, el ya fallecido político de origen canario Pedro González Cerolo o el hoy Ministro de Interior Grande Marlaska.

Verlos aparecer en periódicos, revistas, la televisión, visibilizar sus relaciones de pareja contribuyó a normalizar la percepción de las relaciones no heterosexuales en esa sociedad, algo que ni se ha intentado en Cuba, donde, aun cuando gran parte de nuestra población sabe que existen figuras de gran reconocimiento en el mundo de la Cultura, la Ciencia o el Deporte que han desarrollado sus proyectos de vida junto a personas de su mismo sexo, estas jamás aparecen junto a sus parejas en el espacio público.

Sé que podría argüirse el derecho a la privacidad, el que nadie está obligado a revelar preferencias sexuales si no lo desea, pero, si nuestra población no percibe cotidianamente a esas parejas que han demostrado poder sacar adelante sus metas y construir relaciones sólidas y duraderas, es difícil que la mentalidad cambie.

Justo un cambio de mentalidad parece atisbarse, pese a todo, en los artículos 81 y 82 que, al menos, superan la estrechez de miras de los antiguos 67 y 68, en los que el mensaje subliminal seguía traduciéndose en el apoyo estatal a la familia tradicional y el desconocimiento a otras formas de organización.

Así, ahora se tiene en cuenta la heterogeneidad de la sociedad cubana y, especialmente, el hecho de que casi la mitad de las personas que viven en pareja lo hacen en uniones consensuales en las que no media ningún vínculo jurídico.

Si antes el Estado solo protegía al matrimonio, ahora la protección se extiende a la unión estable y singular con aptitud legal, que forme de hecho un proyecto de vida en común, definición atribuible por igual a uniones hetero u homosexuales y ese parece ser el paliativo que se ofrece a una comunidad LGBTI frustrada, y que podría votar negativamente el 24 de febrero.

En resumen, las presiones de todo tipo y la falta de estrategias adecuadas para respaldar esta propuesta han hecho que se olvide la incongruencia entre el ahora artículo 42 que rechaza la discriminación por orientación sexual y el hecho de que exista una institución social y jurídica a la que esas personas no pueden acceder.

Una posible inclusión del tema en futuras revisiones del Código de Familia es por ahora la alternativa ofrecida y entre muchos queda la sensación de que, como tantas cosas en este país, la posibilidad de una boda con dos novias de blanco o dos chicos de azul se ha ido a ese país ignoto que llamamos Bolina. 

One thought on “El matrimonio igualitario en Cuba: razones de un fracaso

  • Este tema es bien candente y no todos aprueban este tipo de relaciones…pero, todos somos seres humanos, existimos y existen estas personas que no pueden cambiar su orientación sexual, entonces ¿qué hacer con ellos?, reprimirlos, aislarlos, condenarlos…¿Por qué ellos no pueden realizarse de la manera que la propia naturaleza los concibió? lo que debe primar es el respeto social, el comportamiento, lo demás como evadirlo. Si se tiene un hijo (a), un hermano (a), alguien allegado que es así, por favor, como condenarlo. Las leyes han sido creadas por el hombre, la orientación sexual se nace con ella…

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