Bolivia: Derecho a la tierra para mujeres, una semilla que no germina

Franz Chávez entrevista a GABY GÓMEZ-GARCÍA, consultora agraria

HAVANA TIMES, 4 enero (IPS) — La legislación de Bolivia para la tenencia de tierra para la agricultura es ampliamente favorable para las mujeres, pero el desconocimiento de sus derechos limita los esfuerzos por asignar predios con equidad y proteger la adjudicación del riesgo del despojo.

El conjunto de normas que reconocen a la mujer la posibilidad de ser propietaria de la tierra que cultiva es uno de los más avanzados de América Latina, pero sus beneficiarias siguen sufriendo el desalojo y destierro de sus comunidades, dijo a IPS consultora del estatal Instituto
Nacional de Reforma Agraria (INRA), Gaby Gómez-García.

Los rasgos patriarcales en las comunidades indígenas y el analfabetismo de las mujeres campesinas son obstáculos en el camino y exigen un proceso de sensibilización para que las leyes se armonicen con los usos y costumbres de los pueblos originarios, reclamó.

Bolivia es un país con 10,4 millones de habitantes divididos en forma casi igual entre hombres y mujeres y donde la mitad de la población se autodefine como indígena. La mujer representa 50,5 por ciento de esa población indígena, pero sólo 47,6 por ciento de los 3,5 millones de los
habitantes en el área rural, según cifras oficiales.

La investigadora es co-autora del libro “La tierra tiene nombre de mujer”, publicado por el INRA y que destaca la entrega de títulos de propiedad de 164.401 hectáreas a 10.299 mujeres entre enero de 2006 y enero de 2009, en coincidencia con la presidencia de Evo Morales, reelegido el 10 de diciembre para un segundo mandato que arranca el día 22.

Entre 1997 y 2005, sólo se entregaron 4.125 títulos de propiedad a mujeres. El avance en los últimos cuatro años es considerable, dijo Gómez-García en su diálogo con IPS, pero puntualizó que  quedan muchas tareas pendientes.

IPS: ¿Cuánta garantía y protección a la mujer ofrece la actual legislación en materia de tierras?

GABY GÓMEZ-GARCÍA: El marco normativo a favor de la mujer, es aplicado desde la promulgación de la Ley del Instituto Nacional de Reforma Agraria, en 1996, que establece un reconocimiento a los derechos de la mujer a la tierra.

Con la Ley de Reconducción Comunitaria del año 2006, las políticas del gobierno van a favor de sectores desprotegidos, y dentro de ellos está el reconocimiento de los derechos de la mujer, pero nunca se midió lo que se avanzó en el tema.

IPS: ¿Este avance en materia de legislación es suficiente?

GGG: Nos damos cuenta que hubo avance en términos formales de reconocer a la mujer con un titulo, pero no es suficiente.

Desde el año 2010, los funcionarios que ingresen a las comunidades a realizar pericias de campo, exigirán la participación activa de las mujeres, pero para ello los funcionarios deben ser sensibilizados sobre la importancia de esta tarea adicional para transformar la estructura de la
tenencia de la tierra.

IPS: ¿La tarea del INRA culmina con la entrega de títulos?

GGG: Luego de terminar la titulación, las mujeres no conocen sus derechos.  A veces no saben leer ni escribir y desconocen que la propiedad no es exclusivamente del marido.

El tema es muy delicado en el interior de las comunidades del área andina donde la propiedad de la tierra tiene carácter patriarcal.  Desconocemos el número de culturas donde existe ese patriarcado.

IPS: ¿En el matrimonio de dos personas pertenecientes a grupos culturales diferentes existe un reconocimiento al derecho de la mujer para acceder a la tierra?

GGG: La mujer cuando se casa abandona su comunidad, y se traslada a vivir al hogar del marido. Existen casos en que la mujer es abandonada, luego desalojada y cuando es anciana retorna a su comunidad de origen, pero es echada porque sus hijos tienen otro apellido.

Cuando hay una ruptura en las familias, hay poca tolerancia en las comunidades y la mujer queda desprotegida. El INRA no puede hacer nada porque las comunidades deben normar dentro de su ámbito territorial, de acuerdo al régimen de autonomías.

IPS: ¿Cuánta resistencia existe entre los hombres de las comunidades frente a la entrega de títulos a una mujer?

GGG: En las pequeñas propiedades, hay mucha resistencia y la mujer debe luchar mucho para ser reconocida como propietaria. Pero cuando lo logra tiene prestigio social, el marido no la vuelve a pegar.

El problema mayor se presenta cuando hay de por medio una propiedad comunitaria y donde el Estado no puede hacer nada. La mujer está desvalida cuando la comunidad interviene, solo el hombre o el sobrino puede asumir la titularidad de la tierra, y la mujer se queda como empleada doméstica y sometida a mayor grado de pobreza.

IPS: ¿Cuánto camino queda por recorrer en el tema de derechos y el reconocimiento de ellos por la sociedad?

GGG: Hay que trabajar con las mujeres para hacerles conocer que tienen derechos. No se pueden ejercer derechos sin conocerlos, y ese es el medio para evitar que sean echadas de sus comunidades.

El INRA termina su mandato con la entrega de títulos, pero queremos generar espacios de diálogo, porque no se pude imponer y romper las culturas de los pueblos.

Debe haber un proceso de reconocimiento de la comunidad a la mujer y su relación con la tierra. Pero la sensibilización para que sea respetada, necesita apoyo financiero de manera simultánea al reconocimiento de los pueblos indígenas.

IPS: ¿El marco legal es suficiente para alcanzar los objetivos que señala?

GGG: Las leyes formales son amplias en el reconocimiento de los derechos, pero debemos trabajar en el relacionamiento con las normas comunitarias.

Por ejemplo, en la región del valle (zona central), es difícil que desalojen a una mujer porque posee mucha fortaleza, muchas son cabeza de familia y las parcelas de tierra son chicas. Lo ganado, se lo ganaron a fuerza de lucha.

En las tierras bajas (llanuras y Amazonía), me tocó ver que los matrimonios interétnicos encierran mucha violencia. La mujer debe tolerar mucha violencia y no tiene la defensa de la comunidad.

En el pueblo cavineño (localizado en los norteños departamentos de Beni y Pando), la mujer puede tener tres maridos y por lo tanto si puede administrar una familia con tres maridos, puede administrar muy bien la tierra, haciendo trabajar a los tres hombres.

IPS: ¿Qué experiencias obtiene de los talleres dirigidos a escuchar las demandas de las mujeres?

GGG: En noviembre se realizó uno en la ciudad de Oruro, al cual asistieron autoridades judiciales del Tribunal Agrario Nacional, y despertó un interés muy grande por saber el derecho de la mujer en las comunidades.

La nueva Constitución Política del Estado dice que cada comunidad debe normar y regular bajo sus usos y costumbres, y esto es importante porque no se puede violentar los derechos de los débiles.

Estos encuentros posibilitan que las autoridades formales y originarias puedan dialogar. Coinciden en afirmar que no es justa la discriminación a la mujer y prometen revisar las leyes y las tradiciones para encontrar su complementariedad y restituir sus derechos.